02647nam a22001817a 450000500170000000800410001704000140005824209400007224509400101250001290195250000430208150001490212452100180227365500110229171000260230277300690232885600680239720250522130832.0250520b2025 ||||| |||| 00| 0 eng d aCOPMbspa1 aOrden DEF/494/2025, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/464/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las normas que regulan la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional; la Orden DEF/808/2019, de 17 de julio, por la que se determinan los cursos militares considerados de Altos Estudios de la Defensa Nacional; la Orden DEF/185/2024, de 23 de febrero, por la que se determinan las condiciones a cumplir por los cursos para que permitan alcanzar las competencias requeridas para las especialidades del segundo tramo de la carrera militar; y la Orden DEF/449/2023, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la implantación del programa formativo para el acceso de personal de las escalas de suboficiales a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina, por promoción interna, sin titulación universitaria previa, con créditos adquiridos.1 aOrden DEF/494/2025, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden DEF/464/2017, de 19 de mayo, por la que se aprueban las normas que regulan la enseñanza de perfeccionamiento y de Altos Estudios de la Defensa Nacional; la Orden DEF/808/2019, de 17 de julio, por la que se determinan los cursos militares considerados de Altos Estudios de la Defensa Nacional; la Orden DEF/185/2024, de 23 de febrero, por la que se determinan las condiciones a cumplir por los cursos para que permitan alcanzar las competencias requeridas para las especialidades del segundo tramo de la carrera militar; y la Orden DEF/449/2023, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la implantación del programa formativo para el acceso de personal de las escalas de suboficiales a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales e Infantería de Marina, por promoción interna, sin titulación universitaria previa, con créditos adquiridos. aLa presente orden ministerial entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. aFecha de entrada en vigor: 06/06/2025. aSe añade una nueva norma: Trigésimo quinta. Obtención de especialidades complementarias del Cuerpo Militar de Sanidad por convalidación. aProfesionales 4aPsiLEX aMinisterio de Defensa0 d17/05/2025gN. 119, P. 64153-64160tBoletín Oficial del Estado41uhttps://www.boe.es/boe/dias/2025/05/17/pdfs/BOE-A-2025-9740.pdf