Orden PCM/205/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban y publican los programas formativos de las especialidades de Psiquiatría y Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental. = Orden PCM/205/2023, de 2 de marzo, por la que se aprueban y publican los programas formativos de las especialidades de Psiquiatría y Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, los criterios de evaluación de los especialistas en formación y los requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental.

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Disposición transitoria segunda. Unidades docentes acreditadas. En el plazo de cuatro años, las unidades docentes actualmente acreditadas de Psiquiatría, Psicología Clínica y Enfermería de salud mental, así como las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental deberán adaptarse a los requisitos de acreditación que se establecen en el anexo III. Anexo III. Requisitos de acreditación de las Unidades Docentes Multiprofesionales de salud mental. Los requisitos de acreditación que se definen a continuación permiten la acreditación de un residente por año en las especialidades de Psiquiatría, Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, Psicología Clínica y Enfermería de salud mental.

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