Corrección de errores del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
= Corrección de errores del Real Decreto-ley 8/2021, de 4 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en el orden sanitario, social y jurisdiccional, a aplicar tras la finalización de la vigencia del estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
El presente real decreto-ley entrará en vigor el día 9 de mayo de 2021. Artículo 9. Prórroga de la consideración como esenciales de los servicios de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género. Artículo 10. Modificación de la Ley 1/2021, de 24 de marzo, de medidas urgentes en materia de protección y asistencia a las víctimas de violencia de género. Artículo 13. Compatibilidad de la pensión de jubilación de los profesionales sanitarios con el desempeño de su actividad realizada al amparo de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2. La Moncloa. Consejo de Ministros del 4 de mayo de 2021. https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/040521-enlace-ayudas.aspx https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2021/040521-cministros.aspx