TY - BOOK ED - Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones TI - Orden ISM/903/2020, de 24 de septiembre, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones electrónicas en el ámbito de la Administración de la Seguridad Social KW - PsiLEX N1 - Artículo 4. 1. Estarán obligados a recibir por medios electrónicos las notificaciones y comunicaciones que en el ejercicio de sus competencias les dirija la Administración de la Seguridad Social: a) En todo caso, las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica, así como quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, cuando la notificación o comunicación se produzca por razón del ejercicio de dicha actividad profesional; La presente orden entrará en vigor el día 2 de octubre de 2020; Queda derogada la Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social; Empresas; Trabajadores; Profesionales UR - https://www.boe.es/boe/dias/2020/09/29/pdfs/BOE-A-2020-11359.pdf ER -