01359nab a22001697a 450000500170000000800410001704000140005824202160007224502870028850000790057550003090065452100130096365500110097671000440098777300690103185600890110020191211152422.0170307s2016||||sp ||||| |||||00| | spa|d aCOPMbspa10aMinisterio de Empleo y Seguridad Social. Fecha a partir de la cual los actos del procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social y saldos acreedores se notificarán electrónicamente.00aResolución de 19 de julio de 2016, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha a partir de la cual los actos del procedimiento de devolución de ingresos indebidos a la Seguridad Social y saldos acreedores se notificarán electrónicamente. aLa presente resolución entrará en vigor el día 1 de octubre de 2016. aA partir de la fecha de entrada en vigor de esta resolución, se notificarán o comunicarán a través del sistema de notificación electrónica, mediante comparecencia en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, algunas actuaciones en materia de Seguridad Social. aEmpresas 4aPsiLEX2 aMinisterio de Empleo y Seguridad Social0 d28/07/2016tBoletín Oficial del EstadogN. 181, P. 52562-5256341uhttp://www.boe.es/boe/dias/2016/07/28/pdfs/BOE-A-2016-7283.pdfzAcceso electrónico