01679nab a22001457a 450000500170000000800410001704000140005824504020007250003710047450005170084565500110136271000320137377300740140585600540147920191211151945.0170307s2004||||sp ||||| |||||00| | spa|d aCOPMbspa00aAcuerdo de 26 de marzo de 2004, del Consejo de Gobierno, por el que se dispensan los requisitos exigidos en los apartados b) y c) del artículo 19.1 de la Ley 12/1996, de 19 de diciembre, deAyudas a las Víctimas del Terrorismo, y se amplía el plazo de presentación de solicitudes de concesión de ayudas, en relación con los actos terroristas perpetrados en Madrid el 11 de marzo de 2004 aEn relación con los actos terroristas perpetrados en Madrid el 11 de marzo de 2004, se acuerda ampliar el plazo previsto en el artículo 21 de la Ley 12/1996, de 19 de diciembre, de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo, de presentación de solicitudes de concesión de ayudas, que queda establecido en tres meses a partir de la fecha del hecho que los motive. aEn relación con las posibles ayudas que se puedan conceder, de acuerdo con la Ley 12/1996, de 19 de diciembre, de Ayudas a las Víctimas del Terrorismo, como consecuencia de los actos terroristas perpetrados en Madrid el día 11 de marzo de 2004, se dispensan los requisitos señalados en el artículo 19.1, apartados b) y c), relativos, respectivamente, a la presentación de denuncia ante la autoridad competente y aportación de certificado de la Delegación del Gobierno sobre los hechos producidos. 4aPsiLEX2 aPresidencia de la Comunidad0 d14/04/2004tBoletín Oficial de la Comunidad de MadridgN. 88, P. 1541uhttp://www.madrid.org/bocm/zAcceso electrónico