Comunidad de Madrid. Resolución de 26 de enero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación y Juventud, por la que se publica el incremento de plazas y nuevas especialidades, y la apertura del plazo de presentación de solicitudes, de la convocatoria de procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados cuerpos, convocados mediante Resolución de 11 de marzo de 2020. 75 plazas de Orientación Educativa: 68 libres, 7 discapacidad. 42 plazas de Formación y Orientación Laboral: 38 libres, 4 discapacidad. 18 plazas de Intervención Sociocomunitaria: 16 libres, 2 discapacidad. 17 plazas de Servicios a la Comunidad: 16 libres, 1 discapacidad.
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TextTitle translated: Comunidad de Madrid. Convocatoria de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional. 75 plazas de Orientación Educativa: 68 libres, 7 discapacidad. 42 plazas de Formación y Orientación Laboral: 38 libres, 4 discapacidad. 18 plazas de Intervención Sociocomunitaria: 16 libres, 2 discapacidad. 17 plazas de Servicios a la Comunidad: 16 libres, 1 discapacidadSubject(s): Genre/Form: Online resources:
In:
Boletín Oficial del Estado 29/01/2021 N. 25, P. 10305-10318
El plazo de presentación de solicitudes se inicia el día 27 de enero de 2021 y finaliza el día 23 de febrero de 2021.
La convocatoria se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 21 del 26 de enero de 2021:
http://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2021/01/26/BOCM-20210126-14.PDF
La fase de oposición dará comienzo no antes del día 19 de junio de 2021 y en todo caso estará sujeta a la evolución de la pandemia ocasionada por el COVID-19.
La solicitud deberá cumplimentarse exclusivamente a través de la siguiente aplicación informática. No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática.
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