Orden 947/2003, de 13 octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de subvenciones a Centros Educativos y Centros de Formación del Profesorado de la Comunidad de Madrid, para la realización de Proyectos de Educación para la Salud

Contributor(s): Material type: ArticleSubject(s): Genre/Form: Online resources: In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid 28/10/2003 N. 257, P. 10-22
Tags from this library: No tags from this library for this title. Log in to add tags.
Star ratings
    Average rating: 0.0 (0 votes)
Holdings
Cover image Item type Current library Home library Collection Shelving location Call number Materials specified Vol info URL Copy number Status Notes Date due Barcode Item holds Item hold queue priority Course reserves
No prestable Colegio Oficial de la Psicología de Madrid Internet ONL Acceso on-line

a) La relación de los Centros Educativos de su demarcación que se presentan a la convocatoria y los títulos de los proyectos recibidos.
b) Un informe individualizado de cada proyecto, de acuerdo con los criterios establecidos en la base sexta de esta convocatoria.
c) La solicitud de ayudas para la formación al profesorado y el seguimiento para los proyectos subvencionados a centros escolares de su demarcación, según el procedimiento señalado en el apartado 5.2.2 de esta convocatoria.

Centros de Formación del Profesorado. En los quince días naturales siguientes al último plazo citado en el apartado anterior, los Centros de Formación del Profesorado remitirán al Registro General de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, calle Aduana, número 29, 28013 Madrid, o en cualquier registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única, en Oficinas de Correos y en Representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero, con la Referencia: Dirección General de Salud Pública "Subvención a Proyectos de Educación para la Salud en la Escuela" los siguientes documentos:

Centros Educativos. La solicitud de subvención, junto con el resto de la documentación que se relaciona en el apartado 5.2.1, se deberá presentar por el Centro Educativo, en el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Dentro de los quince días naturales siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes por los Centros Educativos, la Dirección General de Salud Pública enviará a los Centros de Formación del Profesorado una copia de los proyectos de los Centros Educativos de su demarcación.

There are no comments on this title.

to post a comment.