Informe sobre el primer año de vigencia de la Ley Reguladora de la Responsabilidad Menor de los Menores

Contributor(s): Material type: TextPublication details: [Madrid] Defensor del Pueblo 2002Edition: 1ª edDescription: 577 pSubject(s): Genre/Form: Online resources:
Contents:
En primer lugar se recoge la información que todas las Comunidades autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla han facilitado y que básicamente se ha centrado en el número de medidas adoptadas durante el año 2001, con indicación de los recursos que se tienen en cada Comunidad. En la segunda parte del informe, se facilitan los datos a nivel nacional de todas las medidas adoptadas durante el año 2001 y de igual forma se aportan todos los datos que en relación con la actividad delictiva de los menores ha facilitado el Ministerio del Interior. La tercera parte del informe, se dedica en su integridad a los medios humanos y materiales, con los que tiene que aplicarse la Ley Orgánica 5/2000. En cuarto lugar se recogen las conclusiones elaboradas por esta Institución, a la vista de toda la información recabada, agrupando estas conclusiones por materias. Por último se enumeran las recomendaciones realizadas desde el Defensor del Pueblo, unas de carácter general cuya finalidad es la de impulsar iniciativas y animar actuaciones específicas y cuyos destinatarios no son concretos, sino que tienen por finalidad la puesta en marcha por las administraciones de líneas de intervención para mejorar la aplicación de la Ley.
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En primer lugar se recoge la información que todas las Comunidades autónomas y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla han facilitado y que básicamente se ha centrado en el número de medidas adoptadas durante el año 2001, con indicación de los recursos que se tienen en cada Comunidad. En la segunda parte del informe, se facilitan los datos a nivel nacional de todas las medidas adoptadas durante el año 2001 y de igual forma se aportan todos los datos que en relación con la actividad delictiva de los menores ha facilitado el Ministerio del Interior. La tercera parte del informe, se dedica en su integridad a los medios humanos y materiales, con los que tiene que aplicarse la Ley Orgánica 5/2000. En cuarto lugar se recogen las conclusiones elaboradas por esta Institución, a la vista de toda la información recabada, agrupando estas conclusiones por materias. Por último se enumeran las recomendaciones realizadas desde el Defensor del Pueblo, unas de carácter general cuya finalidad es la de impulsar iniciativas y animar actuaciones específicas y cuyos destinatarios no son concretos, sino que tienen por finalidad la puesta en marcha por las administraciones de líneas de intervención para mejorar la aplicación de la Ley.

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