Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 359/2020, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de la Sección Cuarta. Recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), contra el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Secretaría General Técnica-Secretariado del Gobierno, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 359/2020, interpuesto ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de la Sección Cuarta. Recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), contra el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
= Recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), contra el Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
Se acuerda emplazar a aquellas personas que aparecen como interesadas, así como a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición impugnada, para que, si a su Derecho conviene, comparezcan y se personen como demandadas en el indicado procedimiento, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.
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Se acuerda emplazar a aquellas personas que aparecen como interesadas, así como a quienes tengan un interés legítimo en el mantenimiento de la disposición impugnada, para que, si a su Derecho conviene, comparezcan y se personen como demandadas en el indicado procedimiento, ante la referida Sala, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.
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