Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se dispone la ampliación de plazos no vencidos a la fecha de cierre de las oficinas de atención al ciudadano.
Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se dispone la ampliación de plazos no vencidos a la fecha de cierre de las oficinas de atención al ciudadano.
= Decreto de 12 de marzo de 2020 del Alcalde por el que se dispone la ampliación de plazos no vencidos a la fecha de cierre de las oficinas de atención al ciudadano.
El presente decreto surtirá efectos el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. No obstante, si con posterioridad al presente decreto se aprobara una normativa al respecto habrá de estarse a lo dispuesto en la misma desde su entrada en vigor.
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El presente decreto surtirá efectos el día de su firma, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. No obstante, si con posterioridad al presente decreto se aprobara una normativa al respecto habrá de estarse a lo dispuesto en la misma desde su entrada en vigor.
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