Orden 2895/2013, de 30 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2013 de subvenciones destinadas a entidades, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.
Orden 2895/2013, de 30 de septiembre, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria para el año 2013 de subvenciones destinadas a entidades, sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.
= Comunidad de Madrid. Bases y convocatoria 2013 subvenciones a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.
Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Entidades sin ánimo de lucro
Legislación
Las solicitudes de subvención se presentarán en el plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.
Entidades sin ánimo de lucro
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