Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
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TextTitle translated: Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2Subject(s): - Legislación
- Dpto. Administración
- Dpto. Recursos Humanos
- Asesoría Jurídica
- Intervención Social-Grupo-Catástrofes
- Psicología del Trabajo, Recursos Humanos y Organizaciones
- Psicología Clínica y Salud
- Psicología y Drogodependencias
- Psicología Jurídica
- Psicología Educativa
- Intervención Social
- Intervención Social-Grupo-Tercera Edad
- Psicología del Deporte
- Psicología del Tráfico y Seguridad
El presente real decreto entrará en vigor en el momento de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
El estado de alarma declarado por el presente real decreto finalizará a las 00:00 horas del día 9 de noviembre de 2020, sin perjuicio de las prórrogas que puedan establecerse.
Durante el periodo comprendido entre las 23:00 y las 6:00 horas, las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las actividades que se detallan.
La autoridad competente delegada correspondiente podrá determinar, en su ámbito territorial, que la hora de comienzo de la limitación prevista en este artículo sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas.
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