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Orden 1491/2017, de 21 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se corrigen errores materiales en la Orden 1463/2017, de 19 de septiembre, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el año 2017 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Contributor(s): Comunidad de Madrid. Consejería de Políticas Sociales y Familia.
BBDD: Legislación Title translated: Comunidad de Madrid. Corrección de errores bases reguladoras de subvenciones para 2017 destinadas a la realización de programas de interés general para atender fines de interés social, en el ámbito de la Comunidad de Madrid, con cargo al 0,7 por 100 del rendimiento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.Clasificación(es): Ayudas Económicas y subvencionesInteresa: Psicología del Deporte | Psicología del Tráfico y Seguridad | Psicología y Drogodependencias | Psicología Jurídica | Psicología del Trabajo, Recursos Humanos y Organizaciones | Psicología Educativa | Psicología Clínica y Salud | Intervención Social-Grupo-Catástrofes | Intervención Social-Grupo-Tercera Edad | Intervención Social | Psicólogos sin FronterasTipo de documento: Boletines oficialesOnline resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 235, P. 120. 03/10/2017Destinatario: AsociacionesDestinatario: Entidades sin ánimo de lucro
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En la página 47, en el apartado decimotercero.2 del Anexo “Convocatoria para el año 2017”,
donde dice:
“2. El plazo de resolución y notificación será de seis meses contados desde la fecha
de publicación del extracto de esta convocatoria”.
Debe decir:
“2. El plazo de resolución y notificación será de tres meses contados desde la fecha
de publicación del extracto de esta convocatoria”.

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Entidades sin ánimo de lucro

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