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Orden 952/2015, de 20 de abril, del Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, por la que se amplía el plazo establecido para la justificación de las subvenciones concedidas a entidades sin ánimo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.

Contributor(s): Comunidad de Madrid. Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.
BBDD: Legislación Title translated: Comunidad de Madrid. Ampliación del plazo establecido para la justificación de las subvenciones concedidas a entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la atención a las víctimas del terrorismo.Clasificación(es): Ayudas Económicas y subvenciones-SeguimientoInteresa: Psicología Jurídica | Psicología Clínica y Salud | Intervención Social | Intervención Social-Grupo-Catástrofes | Psicólogos sin FronterasTipo de documento: Boletines oficialesFecha fin: 30/05/2015Online resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 98, P. 72. 27/04/2015Destinatario: Entidades sin ánimo de lucro
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Online Online Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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Se amplía el plazo de justificación del gasto subvencionado hasta el día 30 de mayo de 2015, incluido.

El plazo de justificación del gasto subvencionado se debía realizar antes del 30 de abril de 2015.

Entidades sin ánimo de lucro

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