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Orden 17203/2014, de 18 de septiembre, por la que se establece la regulación procedimental de las subvenciones previstas en el Real Decreto 3/2014, de 10 de enero, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.

Contributor(s): Comunidad de Madrid. Consejería de Empleo, Turismo y Cultura.
BBDD: Legislación Title translated: Comunidad de Madrid. Regulación de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.Clasificación(es): Legislación | Ayudas Económicas y subvencionesInteresa: Temas profesionales y deontológicos | Psicología del Trabajo, Recursos Humanos y Organizaciones | Asesoría Jurídica | Dpto. Recursos Humanos | Dpto. AdministraciónTipo de documento: Boletines oficialesOnline resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 235, P. 75-93. 03/10/2014Destinatario: ProfesionalesDestinatario: TrabajadoresDestinatario: EmpresariosDestinatario: Empresas
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Online Online Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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En el caso de los trabajadores despedidos en virtud del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, la solicitud se presentará por la empresa y la representación legal de los trabajadores conjuntamente, o por la primera únicamente en caso de inexistencia de representación legal de los trabajadores, durante el plazo de preaviso previsto en el artículo 53.1.c) de esta Ley, o en los quince días siguientes al despido en caso de que no se conceda el mismo.

En el caso de trabajadores afectados por despido colectivo, la empresa y la representación legal de los trabajadores conjuntamente podrán presentar, en los quince días siguientes a la comunicación a la autoridad laboral del acuerdo alcanzado en el período de consultas, la solicitud de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social.

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