Orden 17203/2014, de 18 de septiembre, por la que se establece la regulación procedimental de las subvenciones previstas en el Real Decreto 3/2014, de 10 de enero, por el que se establecen las normas especiales para la concesión de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de Seguridad Social a trabajadores afectados por procesos de reestructuración de empresas.
Contributor(s): Comunidad de Madrid. Consejería de Empleo, Turismo y Cultura
.
BBDD: 







Material | Current location | Call number | Status | Date due | Barcode |
---|---|---|---|---|---|
![]() |
Colegio Oficial de la Psicología de Madrid Internet | Acceso on-line |
En el caso de los trabajadores despedidos en virtud del artículo 52.c) del Estatuto de los Trabajadores, la solicitud se presentará por la empresa y la representación legal de los trabajadores conjuntamente, o por la primera únicamente en caso de inexistencia de representación legal de los trabajadores, durante el plazo de preaviso previsto en el artículo 53.1.c) de esta Ley, o en los quince días siguientes al despido en caso de que no se conceda el mismo.
En el caso de trabajadores afectados por despido colectivo, la empresa y la representación legal de los trabajadores conjuntamente podrán presentar, en los quince días siguientes a la comunicación a la autoridad laboral del acuerdo alcanzado en el período de consultas, la solicitud de ayudas previas a la jubilación ordinaria en el sistema de la Seguridad Social.
Profesionales
Trabajadores
Empresarios
Empresas
There are no comments for this item.