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Orden 288/2010, de 28 de mayo, por la que se regulan los requisitos técnicos generales y específicos de los centros y servicios sanitarios sin internamiento, y de los servicios sanitarios integrados en organización no sanitaria en la Comunidad de Madrid.

Contributor(s): Comunidad de Madrid. Consejería de Sanidad.
BBDD: Legislación Clasificación(es): Publicación OficialInteresa: Temas profesionales y deontológicosTipo de documento: Boletines oficialesOnline resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 128, P. 14-33. 31/05/2010
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1. A los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente
Orden no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior. No obstante, el interesado podrá, con anterioridad a la resolución optar por la aplicación de lo establecido en la presente Orden.
2. Los centros y servicios sanitarios que hubiesen sido autorizados y que se encontrasen funcionando con anterioridad a la fecha de entrada en vigor de esta Orden, contarán con un plazo de dieciocho meses para adaptarse a los requisitos establecidos en la misma a contar desde su entrada en vigor.

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