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Orden 892/2001, de 19 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2002 de concesión de subvenciones destinadas a asociaciones sanitarias ciudadanas sin ánimo de lucro de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de programas de ayuda mutua y autocuidados para enfermos crónicos

Contributor(s): Consejería de Sanidad.
BBDD: Legislación Clasificación(es): Ayudas Económicas y subvenciones-ConvocatoriaInteresa: Psicólogos sin Fronteras | Psicología Clínica y SaludTipo de documento: Boletines oficialesOnline resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 54, P. 33-39. 05/03/2002
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Online Online Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (5 abril 2002)

La solicitud y documentación reseñada de los Grupos de Ayuda Mutua, asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro, deberá dirigirse al excelentísimo señor Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, y se presentarán en el Registro General de la Consejería de Sanidad, calle O´Donnell, número 50, 28009 Madrid, o a través de cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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