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Orden 451/2002, de 8 de febrero, de la Consejería de Trabajo, reguladora de las ayudas para la realización de programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo

Contributor(s): Consejería de Trabajo.
BBDD: Legislación Clasificación(es): Ayudas Económicas y subvencionesInteresa: FormaciónTipo de documento: Boletines oficialesOnline resources: Acceso electrónico In: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid N. 37, P. 52-95. 13/02/2002
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Online Online Colegio Oficial de la Psicología de Madrid
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Acceso on-line

El plazo de presentación de solicitudes será: a) Para el año 2002: hasta el 31 de marzo del corriente ejercicio. b) Para el año 2003: desde el 1 de enero al 28 de febrero del citado año, siempre que exista crédito adecuado y suficiente y la correspondiente autorización del gasto para el ejercicio 2003.

Presentación de solicitudes. Se presentarán preferentemente en el Registro de la Consejería de Trabajo, calle Santa Hortensia, número 30. No obstante, también podrán presentarse por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, firmadas por el interesado o representante legal.

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